La Agencia Española de Protección de Datos ha hecho pública su Memoria de Actividades de 2011 a través de su página web (www.agpd.es) mostrando datos muy interesantes que dejan patente que existe un mayor conocimiento de la LOPD en la sociedad, además de una creciente preocupación en los ciudadanos por la seguridad de los datos.
La Memoria hace una exposición de las actuaciones llevadas a cabo por la Agencia en el año 2011 y expone cifras muy relevantes entre las que me gustaría destacar:
- El número de escritos de denuncia han aumentado un 51,60% respecto al periodo anterior, alcanzado la cifra de 7.648 denuncias, frente a las 5.045 de 2010. Este dato ha generado un crecimiento en el número de resoluciones declarativas de infracción del 37,7%, alcanzándose un total de 898 resoluciones declarativas de infracción, de las cuales 817 tuvieron como destinatarios a responsables privados y 81 a Administraciones Públicas.
- El montante total de las sanciones económicas superó la suma de 19,5 millones de euros, incrementándose un 12% respecto al año anterior.
- En cuanto a la distribución de la cuantía de las sanciones, los sectores con mayor importe global de sanciones fueron: el sector de telecomunicaciones -que aglutinó más del 63% del global de las sanciones- con 12,3 millones de euros, seguido por el sector financiero, con 3,8 millones, las entidades de suministro y comercialización de gas, electricidad y agua, con algo más de 1 millón de euros, la videovigilancia con 494.000 euros y las comunicaciones electrónicas comerciales - spam (LSSI)-, con 305.000 euros.
- De las sanciones impuestas en 2011, un 66,49% de ellas son graves, un 32,78% leves y solo 0,73% muy graves.
- La Memoria pone de relieve que «el derecho al olvido» en internet se ha configurado como un derecho cada vez más reclamado por los ciudadanos, ya que de las tres solicitudes recibidas en la Agencia en 2007 se ha pasado a las 160 de 2011. La Agencia da respuesta a esta demanda ciudadana «a través de los derechos de cancelación y oposición». Este último se aplica para evitar la indexación de datos personales por los motores de búsqueda.
- En cuanto a las áreas temáticas en las que se produce un mayor crecimiento de las actuaciones, destacan la difusión de datos personales en internet y la vulnerabilidad de las medidas de seguridad en la red, así como la inclusión de datos de morosidad en ficheros.
Por tanto concluyendo:
Hay una tendencia al alza en el número de resoluciones declarativas de infracción, las cuantías económicas se han elevado significativamente y además, la gran mayoría de ellas son graves. Uno de los motivos que ha provocado el aumento del número de sanciones es tal y como muestran los números, el crecimiento exponencial que ha sufrido la solicitud del derecho de cancelación y oposición y la imposibilidad de respuesta por parte de muchas organizaciones. La ley cada vez es más conocida por la sociedad y así se refleja en este dato, ya que los ciudadanos cada vez ejercitan más a las organizaciones los derechos ARCO. Durante mi trayectoria profesional, he adecuado y auditado a empresas de muy diferentes tipos a los requerimientos de la LOPD y de RD 1720/2007, y las solicitudes que se producían de los derechos ARCO eran poco frecuentes por lo general. La Agencia siempre ha insistido en la importancia de estos derechos como uno de los principios básicos de la LOPD, y yo como consultor, siempre he intentado trasladar esto a mis clientes. Sin embargo, en ocasiones, he visto como las organizaciones se han relajado en recomendaciones sobre la “ejercitación de derechos” convencidas de que el desconocimiento de la ley por parte de la sociedad garantizaba que nadie los solicitaría. Por tanto estos datos deben “poner en alerta” a las organizaciones definiendo procedimientos de atención y respuesta a los derechos ARCO y cumpliendo las medidas de seguridad del Titulo VIII del RD 1720/2007, ya que sin duda 2011 ha supuesto el “empujón definitivo” que los derechos ARCO necesitaban para ser finalmente reconocidos en las organizaciones como uno de los pilares fundamentales de la protección de datos.
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